Una torre que contradice a la Justicia

Tras el incendio en obra en construcción y denuncias en la Justicia, el Gobierno de la Ciudad tramita un convenio urbanístico para legalizar una obra, que fue suspendida por ilegal por la justicia. El convenio permitirá construir el triple de la altura aprobada en el primer proyecto. La torre se construiría en el Área de Protección Histórica de Palermo Chico (APH3–Zona 2).

Desde la Asociación Palermo Chico Protege, vecinos de Palermo Chico, Basta de Demoler y el Observatorio del Derecho a la Ciudad, convocan a un abrazo a la manzana en la que se pretende construir la torre. Será el día jueves 11 de noviembre a las 19 horas y el punto de encuentro será la esquina de San Martín de Tours y Av. del Libertador.

La amenaza sobre el barrio:

En el Área de Protección Histórica N° 3, conocida como Palermo Chico, se anunció la construcción de un mega edificio de 12000 m2. Este proyecto violaba los parámetros urbanísticos permitidos en este sector protegido de la ciudad. Cabe destacar que esta zona está destinada al uso residencial exclusivo, con viviendas individuales y colectivas de densidad media-baja y altura limitada.

El proyecto aprobado por el GCBA incumplió las normas que el Código Urbanístico establece para esa Área de Protección Histórica. Se trata de un emprendimiento inmobiliario impulsado por la Desarrolladora Inmobiliaria NorthBaires de ocho pisos (26,43 m de altura) y casi 11000 m2.

1. En el Distrito APH3-Zona 2 se establece que un edificio entre Medianeras puede tener una altura máxima de 11,60m y un plano límite de 14,6 m. El GCBA autorizó un edificio de 26,43 m.

2. Se admite la conformación de nuevas parcelas siempre y cuando no sean superiores a 1000 m2. El englobamiento autorizado por el GCBA da como resultado un predio de 1.340 m2.

3. Se exige un RETIRO DE FRENTE MÍNIMO de 3m de la Línea Oficial. El GCBA autorizó no realizar este retiro.

4. En la Zona N° 2 del APH se establece que el FOT máximo es de uno (1). En el Registro de Planos se informa que la superficie a construir es de 11.498 m2. Si se resta la superficie correspondiente a los subsuelos, la superficie a construir es de 7.772 m2. En esta zonificación se permite FOT 1, es decir, la cantidad de m2 a construir es igual a la superficie del terreno multiplicado por 1. La superficie del terreno se declara de 1.340 m2. Con FOT 1 sólo se podría construir 1.340 m2 computables para el FOT. Es cierto que no es computable para el FOT la totalidad de los m2 a construir en superficie, pero se advierte que los m2 no computables nunca podría elevar el número de 1340 a 7.772 m2.

5. El GCBA autorizó realizar un Completamiento de Tejido o ENRASE cuando esta herramienta urbanística se encuentra prohibida en los Distritos APH.

6. No se notificó ni se pidió opinión a los vecinos como lo ordena el Código y la Ley de Comunas. 

Por estos motivos, un conjunto de ciudadanos/as conjuntamente con Basta de Demoler y el Observatorio del Derecho a la Ciudad presentaron una acción de amparo colectivo en la justicia solicitando la nulidad e inconstitucionalidad del proyecto en marzo de 2020. El Juzgado No.5 del fuero CAYT, el 24 de agosto de 2020, dictó una medida cautelar ordenando al GCBA la suspensión de los trabajos constructivos en altura. Esta medida fue convalidada el 26 de noviembre de 2020 y ratificada por la Cámara el 8 de enero de 2021 que subrayó que no se podía avanzar con la obra en cuanto no respete el Código Urbanístico.

La empresa ha continuado con los trabajos constructivos y en la justicia desde hace meses que no se resuelve el pedido de incumplimiento de la medida cautelar. Mientras tanto el barrio ha sufrido los efectos de la mega excavación, la instalación de una enorme grúa y un incendio que obligó la evacuación de la casa vecina. Una vez apagado, al día siguiente la empresa retoma la obra sin ningún inconveniente.

La respuesta del GCBA a la violencia inmobiliaria

Cuando solo parecía que había que urgir al Sr. Juez para obtener justicia. El mismo GCBA que aprobó un permiso ilegal, ahora se encuentra tramitando con la propietaria del predio un convenio urbanístico para autorizar la construcción en estos predios de una torre de 23 pisos. No les alcanza con legalizar el proyecto inicial declarado ilegal por la justicia sino que castigan a la comunidad que defiende el APH3 autorizando pasar de un edificio de 26,43 metros de altura a una torre de 76 metros de altura.

Esta acción roza lo grotesco y obliga a la ciudadanía a salir a defender el patrimonio propio y el de la Ciudad, la identidad con la que se construye el futuro y la calidad de vida a la que tenemos derecho. 

Todo esto lo debería proteger el GCBA que está obligado por nuestra Constitución, por el Plan Urbano Ambiental, por el Código Urbanístico y por el más elemental respeto a los que aquí vivimos.  

Observatorio del Derecho a la Ciudad

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