Asamblea del Consejo Consultivo Comunal 10

Se convoca a la próxima Asamblea para el 11 de diciembre de 2019 de 18,30 hs. a 21 hs. en el CENS 85 Escuela Nº 9 DE 12, Bacacay 3542, abierta a la participación de todos los vecinos así como a los representantes de las Instituciones de la Comuna 10.

Para conocer más del C.C.C. 10 ver en Facebook: Consejo Consultivo Comunal 10

 ORDEN DEL DÍA

 1)  Aprobación del acta Nº 74 (se adjunta)

2)  Informes y propuestas de Secretarías y Comisiones (se adjuntan informes de Secretaría de Relaciones Institucionales y Comisión de Relevamiento)

3)  Estacionamiento medido (se adjunta documento contra estacionamiento tarifado)

4)  Relaciones CCC – nueva JC (se adjunta documento elaborado en 2015 para usar como base de discusión).

Se recomienda a los miembros de este CCC10 hacer el esfuerzo por participar de las Asambleas mensuales a fin de contribuir con el desarrollo normal del mismo.

ACTA ASAMBLEA 74 DEL CONSEJO CONSULTIVO DE LA COMUNA 10 (CCC 10) REALIZADA EL 13/11/2019 EN EL Club Social y Deportivo VILLA LURO, Bermúdez 526.

Hora de comienzo: 19.15 hs.

Moderadora: Sandra Lizza

Participantes: 16 vecin@s  (Una miembro nueva) 

Como es costumbre se invita a la nueva miembro a presentarse y mencionar los problemas que le preocupan y así lo hace.

ORDEN DEL DÍA PREVISTO EN LA CONVOCATORIA:

  1. Aprobación del acta Nº 73  
  2. Informes y propuestas de Secretarías y Comisiones
  3. Relación CCC – JC 
  4. Consensos sobre 12 puntos para Interconsejos
  5. Participación de Instituciones vecinales y Organizaciones políticas en el CCC 10 

APROBACIÓN DEL ACTA DE LA ASAMBLEA Nº 73

El acta de las Asamblea Nº 73 que se envió junto con la Convocatoria es aprobada por unanimidad.

Punto 2.-INFORMES Y PROPUESTAS DE SECRETARIAS Y COMISIONES -Se replantea la forma de encarar este punto inserto en la Normas de Funcionamiento. Luego de un debate se acuerda el siguiente método: las Secretarías y Comisiones enviarán a la Secretaría Administrativa y Legal los informes que emitan con una semana de anticipación a cada Asamblea para ser adjuntados a la Convocatoria respectiva. Por lo tanto durante el tratamiento de este Punto 2 no será necesario releerlos ya que los asambleístas conocerán su contenido y podrán pedir aclaraciones o preguntas que serán respondidas con brevedad y sintéticamente.

Comisión de Seguridad (S): Informan que las 3 Comisarías están funcionando bien en general, en cambio que en la zona de la 10A ha aumentado el delito.

Comisión de Relevamiento (R): Informan qué se trató en la reunión con la JC: se recibieron copias de las respuestas de algunos proyectos presentados para el presupuesto 2020. La Junta se comprometió a seguir el trámite de los proyectos que aún no dieron una contestación definitiva y los que no tuvieron contestación alguna. En cuanto al predio de Bacacay 5640 conocemos la intención de construir un CESAC (ya en el Boletín Oficial salió la adjudicación de la obra), un CEMAR, espacios deportivos para el Club Floresta Juniors (del Sindicato de Municipales de CABA con Sede social en la Comuna 9) y una Comisaría de la Mujer de Policía Federal. La Comisión será la encargada de desentrañar esta situación. También informan que recibieron el informe final de JC sobre las obras en plazas.

Secretaría de Relaciones Institucionales (RRII):  Informan que acordaron con la JC reunirse el 9/12 para conocer como dejan el tratamiento de los expedientes presentados.

-Un asambleísta propone hacer una presentación judicial porque no se cumple la Ley 1777 en lo que respecta a jurisdicción presupuestaria. Además recuerda que toda obra debe ser aprobada por cada CCC antes de pagarla. Se le informa que por diversos temas ya se hicieron sendas presentaciones que fueron denegadas y el GCABA actúa contra amparistas. Y que los jueces solo atienden a presentaciones que efectúan los Presidentes de Comunas. Se resuelve que el tema se lleve a Interconsejos. En relación a los 12 puntos en Interconsejos la idea es que cada CCC los adapte y presente en su Comuna. Aquí la Comisión de Relevamiento les propone trabajarlos en conjunto.

-La Asamblea de Villa Luro propone coordinar acciones en común con los CCC de las Comunas adyacentes, por ejemplo sobre tema parquímetros.

PROXIMA ASAMBLEA 

Se acuerda que la próxima Asamblea del C.C.C. 10 se realizará el 11/12/2019 a las 18.30 hs. en lugar a designar, así como la reunión de Secretarías y Comisiones el 3/12/2019.

-Así mismo se resuelve proponer a los Juntistas electos reunirse con este CCC 10  entre el 11/12 y 20/12 para acordar la relación CCC – JC a lo largo de los próximos 4 años.

Informe de Secretaría de Relaciones Institucionales

Noviembre 2019

INFORME DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

El día 19 – 11- 2019  Osvaldo Cordo firmó en representación del CCC10 la nueva presentación ante la comisión de descentralización de la legislatura del pedido de informes con  22 puntos para las 15 comunas, generados en el espacio Inter-consejos Consultivos.


Se adjunta pedido de informes (resolución) con los 22 puntos (originales) más los fundamentos.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La  Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita a los 15 Gobiernos Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, informe por escrito y en formato digital sobre los siguientes puntos:

 

  1. Informe si durante el año 2018 y 2019 se realizaron las 2 (dos) rendiciones de cuentas de manera presencial ante el correspondiente Consejo Consultivo Comunal tal como lo establece la Ley N°1777, art. 29°. inc.”i”. De ser así, adjunte la documentación respaldatoria. De lo contrario explique por qué no se llevaron a cabo.

 

  1. Informe si durante el año 2019 la Junta Comunal aprobó el programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual para el año 2020 tal como lo indica el artículo 29, inciso “d” de la Ley 1777. De haberse aprobado, adjunte los anteproyectos de presupuesto anual de cada Comuna. En caso de no haberse aprobado detalle la razón por la cual no se aprobó en cada Comuna.

 

  1. Informe si el programa de acción y el anteproyecto de presupuesto anual fue elaborado participativamente en el ámbito del Consejo Consultivo Comunal. De ser así, adjunte la documentación respaldatoria. De lo contrario explique por qué no se llevaron a cabo. 

 

  1. Informe cuál es el presupuesto asignado a la Comuna para el año 2020 detallando Unidad Ejecutora, Programa Presupuestario, Actividad y/o Obra así como la apertura por objeto de gasto hasta el nivel de partida parcial, incluyendo las fuentes de financiamiento y la Unidad Geográfica.

 

  1. Informe qué obras y/o proyectos se están llevando adelante en la Comuna en la actualidad. Detalle cuáles son llevadas adelante por el Gobierno Comunal y cuáles por el Poder Ejecutivo, detallando las empresas intervinientes, pliegos de las licitaciones correspondientes, actos administrativos de adjudicación de las mismas y las actas de tratamiento de la Junta Comunal donde constan las decisiones de a qué empresas y por cuales montos adjudicar las obras y las fechas para el inicio de las obras comunales.

 

  1. Informe la cantidad de empleados que tiene la Comuna, los tipos de contratación que poseen. Adjunte el listado completo de empleados de la Comuna detallando cargo y función.

 

  1. Informe los servicios que se brindan en cada una de las Sedes y Subsedes Comunales y los tramites que los/as vecinos/as puede realizar. Detalle si el servicio es brindado por la Unidad de Atención Ciudadana o si el servicio o trámite es realizado por la Comuna. Informe días y horarios de funcionamiento de cada servicio.

 

  1. Informe si existe alguna instancia de articulación entre la Junta Comunal y la Unidad de Atención Ciudadana. De existir, detalle los ámbitos y canales donde se produce dicha articulación en la Comuna.

 

  1. Informe si los/las extranjeros de la Comuna pueden realizar el trámite de empadronamiento en la Sede o Subsede. En caso afirmativo, detalle los días y horarios.

 

  1. Informe qué área de la Comuna administra la página web y las redes sociales de las mismas. Informe si dicha administración es compartida por la totalidad de los miembros de la Junta Comunal.

 

  1. Informe si en el transcurso del 2016 a la fecha se realizaron reuniones entre miembros de la Junta Comunal y del Consejo Consultivo Comunal. En caso afirmativo, detalle los días y horarios en los que se llevaron a cabo esas reuniones en cada una de las Comunas. A su vez, informe quiénes participaron de las mismas. Adjunte las actas correspondientes.

 

  1. Informe si durante el 2019 se llevaron a cabo reuniones entre funcionarios del Gobierno Central, Juntistas y vecinos/as del Consejo Consultivo Comunal. De ser afirmativo, detalle el motivo de las reuniones y si todos/as los /as miembros de la Junta Comunal fueron notificados de las reuniones.

 

  1. Informe si durante los años 2018 y 2019 fueron transferidas desde el Poder Ejecutivo competencias exclusivas y concurrentes a la Comuna. Detalle si existen planes desde la Comuna y/o en articulación con el Poder Ejecutivo para la transferencia de nuevas competencias a la misma. De ser así, detalle cuáles serán las competencias a transferir.

 

  1. Informe si alguno de los proyectos y/o obras resultantes de las votaciones de la edición “BaElige” 2019 fueron remitidas a la Junta Comunal. En caso afirmativo, detalle de qué proyectos y/o obras se tratan. Informe si alguno de esos proyectos/obras está siendo llevado a cabo por la Comuna en la actualidad.

 

  1. Informe si los fondos asignados para el año corriente han sido suficientes para el cumplimiento de los fines y objetivos de cada una de las Comunas como así también para llevar a cabo las tareas que se le asignan a las Comunas en el Título II de la Ley N° 1777.

 

  1. Informe si existen órdenes de pago expedidas por el Presidente de la Junta Comunal. De ser así, informe si la Junta Comunal en su totalidad se encuentra en conocimiento de las mismas. En caso afirmativo informe las fechas de emisión de las mismas, los rubros para los cuales se expidieron las órdenes de pago, los/as destinatarios/as y los importes. Adjunte la documentación correspondiente.

 

  1. Informe la cantidad de reuniones del Consejo de Coordinación Intercomunal llevadas adelante durante los años 2018 y 2019. Informe qué funcionarios del Poder Ejecutivo y qué miembros de las Junta Comunal estuvieron presentes en cada reunión del Consejo de Coordinación Intercomunal. Adjunte las actas de dichas reuniones.

 

  1. Informe si la Junta Comunal llevó a cabo campañas para promover, difundir y organizar la semana de las Comunas, en coordinación con la autoridad de aplicación que establece la Ley N° 5601, durante los 2018 y 2019. De ser así, detalle en qué consistieron dichas campañas y en qué consiste la planificada para año entrante. 

 

  1. Indique cuáles son las áreas de gestión de la Junta Comunal asignadas a cada juntista tal como lo establece el art. 28 de la Ley 1777 en cada una de las Comunas.

 

  1. Informe sobre los avances en la implementación de la Ley N° 5629 en la Comuna.

 

  1. Informe qué acciones se han llevado adelante a efectos de garantizar el efectivo funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal, como lo indica el artículo 26, inciso “l” de la Ley 1777. Detalle si el Consejo Consultivo tiene asignada una cartelera informativa de sus actividades en la Sede y Subsede Comunal, una sitio de internet propio y una oficina para llevar adelante reuniones en función de garantizar el efectivo funcionamiento del mismo en cada una de las Comunas.

 

  1. Informe si desde la Comuna se realizaron actividades o gestiones para dar cumplimiento a la Ley 4351 que implica la creación y puesta en funcionamiento de un Centro de Atención Veterinaria Comunal. En caso afirmativo, detalle cuáles fueron las gestiones y actividades llevadas adelante por cada Comuna.

 

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

En el año 2018 nos vimos en la obligación, como espacio que nuclea vecinos y vecinas de distintos Consejos Consultivos de la Ciudad, de hacer una presentación ante la Legislatura Porteña con 22 puntos que expresaban nuestra preocupación ante un conjunto de situaciones vinculadas al funcionamiento de las Comunas y Consejos Consultivos Comunales que, entendíamos, se alejaban demasiado de la manera en la cual nosotros como “Movimiento Comunero” creemos que deben funcionar esos ámbitos institucionales. No se trata de una cuestión “caprichosa”, sino más bien de una manera distinta de comprender e interpretar la Ley 1777.

El expediente presentado por el vecino Ricardo Minutella (1890-P-2018) versaba sobre la rendición de cuentas del Presidente de la Junta Comuna ante el Consejo Consultivo, la articulación entre la Junta Comunal y el Consejo Consultivo, los servicios y personal de cada Comuna, las órdenes de pago, las acciones tendientes hacia una mayor descentralización de las funciones del Poder Ejecutivo, etc. Cada una de los puntos fue dirigido a los “15 Gobierno Comunales” que es, en parte, la interpretación que hacemos de la Ley de Comunas.

El proyecto de resolución fue puesto en temario en la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana y, luego de sufrir un recorte de 6 de sus 22 puntos y numerosas modificaciones logró aprobarse en el recinto. Con cautela celebramos que el proyectó había sido aprobado.

Lamentablemente la respuesta, que debió venir de los Gobierno Comunales, fue enteramente elaborada por el Poder Ejecutivo. No solo se contestó con ligereza cuestiones que entendemos son fundamentales para la democracia participativa, sino que la mayor parte de los puntos fueron obviados o la respuesta nada tuvo que ver con lo que se quiso preguntar.

Obtuvimos un cuadro de Excel donde se contemplaban algunas obras realizadas en las Comunas (pero no todas las obras), las rendiciones de cuentas de algunas Comunas. Nunca se aclaró por qué algunas Comunas no fueron incluidas en este punto y, a nuestro entender, las rendiciones de cuentas incluidas tienen más que ver con adjuntar fotografías y acciones realizadas que con el hecho institucional y formal de rendir cuentas.

El Poder Ejecutivo evade –en la respuesta- informar que los Consejos Consultivos Comunales no participaron en la elaboración de los programas de acción y presupuestos anuales, ni que estos no fueron elaborados participativamente, incumpliéndose en forma flagrante la Constitución de la Ciudad en su artículo 128 y la Ley 1777 en su artículo 15, tanto por parte del Poder Ejecutivo de la Ciudad como por parte de cada Junta Comunal.

Por estas, y otras razones, es que decidimos volver a presentar el proyecto de resolución. Reescribiendo algunos de sus puntos, modificando enteramente otros y agregando unos cuantos. Queremos creer que siendo más estrictos en la redacción, obtendremos mejores respuestas. A su vez, circunscribimos al año 2018 y 2019 los puntos que nos interesan. Es indispensable para la salud de nuestra joven democracia conocer en profundidad cómo funcionan los ámbitos y los mecanismos de decisión que, muchas veces, se encuentran (contrario a lo que plantea la Ley 1777) impregnadas de un secretismo que entendemos debilita al Gobierno Central, a los Gobiernos Comunales y a los vecinos y vecinas de la Ciudad en sus distintos roles.

El artículo 29 de la Ley 1777 establece las atribuciones y obligaciones del Presidente/a  de la Junta Comunal. Entre ellas se encuentra la obligación de rendir cuentas de manera semestral ante el Consejo Consultivo Comunal (artículo i) de las actuaciones de la Junta Comunal.  Esta obligación no admite, según entendemos, otras interpretaciones que la de asistir una vez cada seis meses al Plenario del Consejo Consultivo Comunal y rendir cuentas de lo que se realizó desde la Junta Comunal en el semestre ante los/as vecinos/as que participan de dicho ámbito institucional.

En los artículos 10, 15, 26, 27 y 35 de la misma Ley se establece que cada Comuna debe elaborar “participativamente” su anteproyecto de presupuesto para el año entrante. El mismo debe ser aprobado por la Junta Comunal y luego remitido al Poder Ejecutivo para finalmente ser enviado a la Legislatura Porteña. El artículo 15 de la Ley 1777 es contundente respecto a este tema puntal: “La aprobación del anteproyecto de presupuesto de cada Comuna está a cargo de la Junta Comunal y se elabora a través de mecanismos que, a escala barrial, garantizan la participación de los vecinos en la fijación de metas, formulación y control presupuestario”. Resulta fundamental entender de qué manera se lleva a cabo este mecanismo en las Comunas y cuáles fueron los anteproyectos elaborados y remitidos al Poder Ejecutivo en cada Comuna.

Por otra parte, entendemos y vemos con buenos ojos que en las Sedes y Subsedes Comunales se brindan servicios a los vecinxs de los barrios de la Ciudad. Es menester conocer qué servicios se brindan, cuáles de ellos son llevados a cabo por los Gobiernos Comunales y cuáles por el Gobierno Central como así también el proceso por el cual el Gobierno Central, en conjunto con las Comunas, definen la descentralización de determinadas funciones, áreas o competencias tal como anticipa la Ley 1777 que puede llegar a ocurrir.

Tanto la Ley 5601 como la Ley 5629 (ambas sancionadas en el 2016) intentan fortalecer y acentuar el proceso de descentralización en la Ciudad de Buenos Aires. En la Ley 5601, se crea la “Semana de las Comunas” en la que la autoridad de aplicación (ahora la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana) debe  realizar básicamente dos acciones: “Realizar una amplia campaña de difusión a fin de divulgar las actividades y las funciones de las comunas, así como los mecanismos e instancias de participación comunal, en coordinación con las autoridades comunales y; fomentar en las escuelas primarias y los colegios secundarios de la Ciudad, la realización de charlas informativas para alumnos” en pos de darle mayor visibilidad e información a los/as vecinos/as de las Comunas sobre la participación y la descentralización. En tanto que la Ley 5629 pretende institucionalizar algunas cuestiones vinculadas a la página web de la Comuna, las redes sociales y los libros de actas que se generan en ambos ámbitos.

Finalmente, consideramos al diálogo entre las Juntas Comunales, los Consejos Consultivos y los/as vecinos/as de las Comunas de suma trascendencia para la vida de la democracia participativa en la Ciudad. Creemos en el carácter participativo de la democracia en la Ciudad. Ya en su artículo N° 1, la Constitución de la Ciudad establece que la Ciudad debe organizar sus instituciones de manera participativa. También consideramos fundamental fortalecer el proceso de descentralización en la Ciudad que la Ley 1777 pretendió y pretende consolidar. La experiencia, los deseos, las conquistas y las discusiones de miles de vecinos/a de la Ciudad se ven plasmados en el espíritu de dicha Ley y desde nuestro rol entendemos que debemos aportar a este proceso consolidando las instancias de descentralización existentes.

Por estos motivos, solicitamos a los diputados el acompañamiento de este proyecto.

Cuestiones a plantear sobre los 16 puntos

4- Referida a las reuniones sostenidas entre las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos Comunales.

En la pregunta 7 se plantea: “Informe si en el transcurso del 2016 a la fecha se realizaron reuniones entre miembros de la Junta Comunal y del Consejo Consultivo Comunal”.  

Y se responde: “Se informa que la interacción entre la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal es constante en virtud de las competencias que les han sido asignadas por Ley. Toda discusión que se de en ámbito del Consejo Consultivo, ha de concluir en recomendaciones de

consideración obligatoria para la Junta Comunal, lo que redunda en la necesidad de reunirse con un grado de periodicidad apropiado para el correcto cumplimiento de sus funciones”.

Mediante la alusión a generalidades y a lo que debe ser, se evita dar una respuesta cierta y concreta a la pregunta formulada. Asimismo se pregunta por “reuniones” no por “interacciones” concepto absolutamente genérico, vago e impreciso y, además, no se presenta constancia alguna  de las supuestas interacciones constantes. La experiencia de los Consejos Comunales indica todo lo contrario a lo afirmado en esta respuesta.

6– Referida a las rendiciones de cuenta de las Juntas Comunales ante los Consejos Consultivos Comunales.

En la pregunta 11 se plantea: “Informe si existen órdenes de pago expedidas por los Presidentes de la Juntas Comunales. De ser así, informe si las Juntas Comunales se encuentran en conocimiento de las mismas. En caso afirmativo informe las fechas de emisión de las mismas, los/as destinatarios/as y los importes. Adjunte la documentación correspondiente”.

Y se responde: “Se informa que es competencia de la Dirección General de Contaduría de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas suscribir órdenes de pago, verificando el cumplimiento de los pasos previos que validen las acreencias incluidas en las mismas”. 

INFORME  DE LA COMISIÓN DE RELEVAMIENTO

Escuela Donn, ubicada en Lope de Vega y Murature. Se leyó la licitación de la obra. En síntesis, la obra consistirá en la construcción de 15 aulas teóricas, 14 aulas de danzas, SUM, laboratorio, biblioteca aula de plástica, informática, aula de música, vestuarios y auditorio con capacidad para 240 personas. Se evaluó en 241.713.548 pesos. El plazo está fijado en  540 días corridos.

Presupuesto 2020, proyectos. Hay 4 proyectos que aún, no recibimos contestación: construcción de la Sede Comunal, placas aislantes en la autopista, eventos culturales, refugios en las paradas de colectivos.

Escuela 33 ubicada en Álvarez Jonte. Se publicó la Licitación Pública 692 por un valor de 13.529.025 para realizar obras de electricidad en la escuela. Nos comunicamos con la Directora de la escuela para hablar del tema.

 Presentación de trámites. Leímos la ley de Procedimientos Administrativos de CABA. Presentaremos a la Junta Comunal que asuma, que se haga cumplir cuando presentemos notas la Ley.

CABA, 30 de noviembre de 2019.

 

Documento formación de Coordinadora contra el estacionamiento tarifado en los barrios de la Ciudad

Somos un grupo de ciudadanos vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, y de organizaciones barriales, sociales y políticas; nos preocupa la posible reglamentación y posterior implementación de las leyes 5728/16 y 6036/18 que, entre otros considerandos, prevé la aplicación de un sistema de estacionamiento tarifado concesionado, en los barrios de 14 de las 15 Comunas de la Ciudad de Buenos Aires. La norma aprobada por la Legislatura porteña también determina la utilización, por parte de la concesionaria, de espacios de patrimonio público para la instalación de las playas de acarreo, donde serán remitidos aquellos vehículos “infractores”. Es decir, los que no han pagado por estacionar en las calles de los barrios que actualmente tienen libre estacionamiento.

Por todo esto nos parece pertinente la conformación de una “Coordinadora contra el estacionamiento tarifado en los barrios de la Ciudad”, de manera de propulsar y articular los reclamos y el rechazo que esta medida produjo en vastos sectores de la ciudadanía porteña, entre todos/as quienes vemos en la aplicación de esta norma una apropiación, una privatización del espacio público para estacionar, favoreciendo un negocio redondo para las concesionarias que no aportaran más que un canon irrisorio a las arcas del Estado de la Ciudad de Buenos Aires.

Al respecto, en esta primera aproximación, hemos decidido impulsar una serie de acciones que deberán contar con el consenso de otros/as participantes a fin de lograr una articulación de actividades conjuntas y simultaneas en los barrios de la Ciudad; para ello, y previendo una próxima reunión con mayor amplitud en cuanto a participantes, propuestas y resoluciones, avanzamos con el punteo de lo que hasta ahora hemos consensuado.

Información: sobre todo tratar de desmontar la idea, instalada por el Jefe de Gobierno Rodríguez Larreta en sucesivas reuniones con vecinos, de que el Residente no va a pagar, y de que es una norma que “ordena el tránsito”. Conocer bien los alcances de las Leyes e interiorizarse sobre sus ambigüedades e interpretaciones.

Acciones barriales conjuntas: actividades de visibilización de los alcances de esta norma, que pueden ser en las calles, plazas y parques. Realización de charlas informativas, etc.

Institucional: accionar con reclamos interpuestos ante las Juntas Comunales, interesando a los Consejos Consultivos Comunales y los Juntistas de la oposición, para que los Presidentes de las Juntas Comunales transmitan el rechazo de esta medida al Consejo de Coordinación Intercomunal. Del mismo modo ente la Legislatura de la Ciudad, pedir explicaciones u opiniones a los legisladores del oficialismo y la oposición respecto de estas Leyes. Confrontarlos, explotar sus contradicciones (algunos no saben siquiera lo que votaron).

Objetivos 

  • Difundir la ley y sus alcances.
  • Poner en cuestión la fundamentación de la ley.
  • Explicitar el contexto ideológico –cultural en el que se inscribe esta ley.
  • Proponer y articular acciones entre los diferentes integrantes de la coordinadora
  • Realizar reuniones periódicas en forma alternativa en distintos barrios y/o Comunas integrantes de la coordinadora 
  • Concentrar los esfuerzos dispersos de las distintas organizaciones en una Coordinadora que las unifique. 

Con estas propuestas de organización iniciamos este contacto para todos/as aquellos que se encuentren interesados y preocupados por esta temática, la cual no se agota en sí misma, sino que puede ser la base para el tratamiento de otras cuestionas que afectan nuestros intereses ciudadanos.

Secretaría Administrativa y Legal

Consejo Consultivo Comunal 10

 

 

 

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