El juicio contra el músico Cristian “Pity” Álvarez por el crimen de Cristian Diaz comenzó este lunes Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.° 29 de la Ciudad de Buenos Aires.
El debate inició luego de que el juez Carlos Bruniard ratificara la fecha y rechazara el pedido de suspensión presentado por la defensa del ex líder de Viejas Locas e Intoxicados.
Tras años de idas y vueltas judiciales, el debate se inició en horario matutino en los tribunales porteños para juzgar a Álvarez por el hecho ocurrido en el barrio Samoré de Villa Lugano el 18 de julio de 2018.
Las audiencias se reanudará el próximo miércoles 12, y las jornadas subsiguientes continuarán el 14, 19, 24, 26 y 31 de agosto, y 2, 7, 9 y 14 de septiembre desde las 10.30, mientras se espera que 70 testigos declaren.
El cantante anunció frente a los magistrados que “va a declarar más adelante”, no recordó su número de DNI y contó que sufre problemas de hipertensión y diabetes.
La defensa, a cargo del abogado Javier Marino, solicitó suspender la audiencia porque el músico se quedó dormido en diversas ocasiones, pero el Tribunal no hizo lugar a ese pedido.
Además, los jueces dictaron su absolución por el delito de privación ilegítima de la libertad y amenazas a su amiga Florencia Batalla y su mánager, Claudia Crespo, tras la petición de Marino.
Los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola representan a una de las hijas de Cristian Maximiliano Díaz.
Antes del proceso, la defensa pretendía frenar las 11 audiencias previstas para agosto y septiembre bajo el argumento de que existían recursos pendientes de resolución que impedían avanzar según el artículo 353 del Código Procesal Penal de la Nación, pero los magistrados respaldaron la postura de la fiscalía.
El fiscal Sandro Abraldes, al frente de la Fiscalía General N° 27, se opuso formalmente al planteo de la defensa y dictaminó: “La realización del debate es el ámbito institucional natural para el resguardo de todas las garantías del imputado. En efecto, se trata del escenario para resolver definitivamente las controversias existentes y donde las partes podrán ejercer plenamente sus facultades y presentar las evidencias ante el juez natural del proceso”.
Fuente: Noticias Argentinas




